De conformidad con la Regla nº 51 de las que rigen nuestra Hermandad, la Junta de Gobierno reunida en Cabildo de Oficiales con fecha de 6 de junio de 2024, ha acordado convocar a los Hermanos de la Fervorosa Hermandad y Cofradía de Nazarenos de Nuestro Padre Jesús de la Salud y Buen Viaje, María Santísima Madre de los Desamparados, San Juan de Ribera y Protomártir San Esteban a Cabildo General de Elecciones, a celebrar, Dios mediante, el jueves día 10 de octubre de 2024 en las dependencias de la Casa Hermandad, dando comienzo a las 18:00 horas, finalizando las votaciones a las 22:00 horas de ese mismo día.
Tendrán derecho a votar todos los hermanos que, en el día señalado para la elección, hayan cumplido los dieciocho años de edad, cuenten al menos con un año de antigüedad en la Hermandad y se encuentren en pleno ejercicio de sus derechos, siendo condición indispensable estar al corriente del pago de las cuotas ordinarias y extraordinarias que se hayan establecido, en aplicación de la Regla nº 16. Igualmente podrá ejercer este derecho aquel hermano que, sin estar al corriente del pago de las cuotas, haya llegado a un acuerdo para satisfacerlas con la mayordomía, la cual dará las facilidades necesarias, apelando siempre al espíritu de caridad y fraternidad cristianas que deben siempre caracterizar la Hermandad.
Del mismo modo se pone en conocimiento de los hermanos que, a partir de la publicación de esta convocatoria, y durante treinta días naturales, conforme establece la regla 52 de la Hermandad, queda expuesto a consulta el censo electoral de hermanos con derecho a voto, a los efectos de que puedan conocerlo y formular las rectificaciones pertinentes, en su caso, finalizando el plazo para ello el día 10 de julio de 2024 a las 21:00 horas. Durante estos días, y solo durante estos días, los hermanos podrán ponerse al día en las deudas contraídas con la Hermandad por todos los conceptos con objeto de ser incluido en el censo, tal y como establece el artículo 44 de las Normas Diocesanas de HH y CC de la Archidiócesis de Sevilla. Transcurrido el citado periodo se procederá al cierre del censo que se remitirá a la Autoridad Eclesiástica para su validación.
Dado que la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, impone un deber de confidencialidad sobre los datos relativos a la pertenencia a Asociaciones religiosas, que hace inviable su exhibición pública con carácter general, la comprobación del Censo se efectuará de manera individualizada en la Casa Hermandad en su horario habitual (lunes a jueves de 19:00 a 21:00 horas) y solo afectará a los datos del hermano consultante, previamente identificado mediante la exhibición de su D.N.I. ó documento que legalmente le sustituya. Aquellos hermanos que por las circunstancias actuales no pudieran acudir personalmente a la Casa Hermandad, podrán poner en conocimiento este hecho a través del correo electrónico secretaria@hermandadsanesteban.org remitiendo una fotocopia del DNI. Igualmente se recuerda que a través del siguiente enlace Actualización de datos – Hermandad de San Esteban de la web de la Hermandad dicha consulta puede ser realizada directamente por el propio hermano. (para mas información consulte el link siguiente Consulta de datos personales en el censo de la Hermandad – Hermandad de San Esteban (hermandadsanesteban.org)).
La Regla nº 61 permite el voto por correo a los hermanos cuyo domicilio conste en el censo electoral fuera de la ciudad de Sevilla y soliciten el mismo mediante el formulario previsto en las Ordenanzas (Anexo IV) con anterioridad al 10 de septiembre de 2024.
A partir de esta convocatoria, de acuerdo a lo previsto en la Regla nº 55, con fecha de efectos 10 de junio de 2024, queda abierto el plazo de presentación de candidaturas, que se cerrará a las 21:00 horas del día 10 de julio de 2024. Las candidaturas deberán ser presentadas por los hermanos que aspiren a Hermano Mayor en la Secretaría de la Hermandad y deberán estar completas en todos los cargos que prescriben las Reglas. (El formulario a utilizar figura en las Ordenanzas de la Hermandad- Anexo III). Asimismo, la candidatura deberá estar firmada por todos y cada uno de sus componentes, adjuntándose fotocopias de los respectivos documentos nacionales de identidad. (Los candidatos de estado civil casado acompañarán, además, una certificación de matrimonio canónico, así como una declaración jurada de encontrarse en situación familiar regular).
Se recuerda que las candidaturas no podrán acometer actos de captación del voto y divulgación de sus ideas hasta no sean aprobadas por la Autoridad Eclesiástica, hasta entonces los hermanos que aspiren a ser candidatos podrán organizar reuniones de trabajo y coordinación estando a su disposición la Casa Hermandad, teniendo que solicitarlo previamente a la Mayordomía de la Hermandad.
Se informa igualmente que de acuerdo con lo previsto en la Norma nº 43 de las Normas Diocesanas de HH y CC de la Archidiócesis de Sevilla el Cabildo de oficiales ha nombrado a los miembros de la Comisión electoral que estará integrada por los siguientes hermanos: Juan García Benítez, José María Bursón Arroyo y José Ignacio Peña Bursón.
Link para consultar Reglas y Ordenanzas de la Hermandad de San Esteban y Normas Diocesanas de HH y CC de la Archidiócesis de Sevilla Descargas – Hermandad de San Esteban (hermandadsanesteban.org).