El área de Mayordomía es la responsable, entre otros cometidos, de ejercer con diligencia las siguientes funciones, de acuerdo al espíritu de nuestras Reglas:
- Administración y la gestión económica de la Hermandad
- Recaudar las cuotas que se aprueben por los órganos de gobierno de la Hermandad.
- Realizar una contabilidad ordenada con reflejo en los libros contables exigidos por la ley y por las normas eclesiásticas que sean de aplicación.
- Confeccionar anualmente el estado de cuentas del ejercicio económico y el presupuesto de ingresos y gastos .
- Llevar un libro de inventario en el que consten todos los objetos y enseres propiedad de la Hermandad y en el que habrán de anotarse anualmente las altas y bajas producidas.
- Expedir las papeletas de sitio juntamente con el Secretario.
La Hermandad aprovecha esta web para invitar a todos los hermanos que lo deseen en colaborar con el área de Mayordomía.
Correo electrónico: mayordomia@hermandadsanesteban.org
Cuotas de la Hermandad
Con las cuotas anuales que los hermanos satisfacemos a la Hermandad ayudan al deber de asistir o contribuir al sostenimiento económico de la misma para que esta pueda cumplir con los fines que le son propios (cultos, caridad y formación).
Actualmente, las cuotas que han de abonar los hermanos de la Hermandad de San Esteban para el presente ejercicio económico son las siguientes:
Importe en euros | |
Hermanos con carácter general (*) | 41,00 |
Hermanos con cuota bonificada (por ser mayor de 65 años o menor de 18 años) | 31,00 |
Hermanos de nuevo ingreso (Domiciliación obligatoria) | 41,00 (la medalla corporativa se abonará aparte) |
(*) Se ruega la domiciliación de las cuotas en una cuenta corriente de alguna entidad financiera.
En relación con las cuotas del presente ejercicio procede comentar lo siguiente:
- Dada la situación económica general, se ha decidido mantener los mismos importes que se fijaron para el año anterior.
- Los hermanos mayores de 65 y menores de 18 años abonarán una cuota bonificada de 31,00 euros.
- Las cuotas que se abonen con domiciliación en una cuenta bancaria, cuyo titular haya comunicado previamente su DNI o CIF a la Hermandad, podrán acogerse a las bonificaciones fiscales que prevé la normativa vigente en relación con las cantidades aportadas a las entidades sin fines lucrativos (Ley 49/2002) pudiéndose deducirse en el IRPF hasta un 25% del importe.
Sobre este tema se insiste en la recomendación de que se compruebe por cada hermano si ese dato lo facilitó en su día y que, en caso de duda, se utilice el impreso (Orden de domiciliación) que puede descargarse desde esta misma página.
En cuanto a los plazos y períodos para el pago de las cuotas se resumen a continuación
- Con carácter general a partir de primeros de Enero se pondrán en circulación las cuotas correspondientes al ejercicio, ( periodo 1 de Enero al 31 de Diciembre ).
- Hermanos con cuotas domiciliadas: A los titulares de cuentas bancarias , en las que estén domiciliadas cuotas de más de un miembro de nuestra Corporación (padre , hijos , familiares , amigos , etc.… ) el cargo de dichas cuotas , se efectuará en tantos meses consecutivos , como cuotas tengan domiciliadas, siendo la primera de ellas durante la primera quincena de Enero, de tal forma que, con carácter general , al 31 de Diciembre de cada año , deben quedar abonadas , las cuotas domiciliadas en la entidad financiera elegida. El primer cargo, corresponderá al hermano de mayor antigüedad de entre los domiciliados en una misma cuenta corriente, siguiéndose el orden de antigüedad en los meses siguientes.
- Hermanos con pago en la Casa Hermandad: estos han de abonar sus cuotas durante los meses de Enero, Febrero y Marzo, en el horario que se establezca, de tal forma que cuando se inicie el periodo para solicitar las papeletas de sitio, para el Martes Santo, los solicitantes han de estar al corriente de pago con la Hermandad, para que su solicitud sea tramitada.
De acuerdo con lo anterior, la cuota anual obligatoria y actualizada para la mayoría de los hermanos será de 41,00 euros, importe equivalente a una aportación al día de 0,11 céntimos de euro por hermano o de 3,36 euros por mes, cifra que consideramos no resulta especialmente gravosa para ninguno de los miembros de nuestra Corporación. No obstante, si algún hermano atravesara por circunstancias económicas personales o familiares que le impidiera abonar con normalidad sus cuotas, debe ponerse en contacto con la Mayordomía o con la Diputación de Caridad y Acción Social, cuyos responsables atenderán y resolverán confidencialmente cada caso concreto que se les plantee.
Las aportaciones de los hermanos a través de sus cuotas son el mayor ingreso que tiene nuestra Hermandad.
Una de las formas de hacer efectiva esa aportación es a través de la domiciliación bancaria, la cual supone una manera cómoda para el hermano y una herramienta muy útil para el desarrollo económico de la Mayordomía.
Aunque tenemos un índice de domiciliaciones considerable, aún existe un número importante de hermanos que no utilizan este sistema de pago, por lo que, desde aquí, les animamos a que cumplimenten el documento de domiciliación desde descargas de esta sección y enviándolo a la Hermandad, bien por correo ordinario o por correo electrónico.
Si por el contrario, prefieren hacerlas efectivas ingresando su importe en una cuenta de la Hermandad, pueden realizarlo en las cuentas que se detallan a continuación, indicando el nombre del hermano y el periodo que se ingresa.
CAIXA ES64 2100-2299-38-0200268414
Si su deseo es pagar en la Casa Hermandad, podrá hacerlo en el horario habitual:
DIRECCIÓN:
- C/ JUAN DE LA ENCINA, 1 – 41003 SEVILLA
- TELÉFONO: 954 22 11 11
- HORARIO: Martes y Jueves de 19:00 a 21:00 horas
Domiciliación bancaria
Mayordomo 1º: NHD. Joaquín M. Casado Rodríguez
Mayordoma 2º: NHD. Pilar Vázquez Liñón
En virtud de la potestad que otorga la Regla 107 a la Junta de Gobierno, el Cabildo de Oficiales ha nombrado a los siguientes hermanos como auxiliares para colaborar en esta área:
- NHD. Alfonso Malfeito Justo
- NHD. Ángel Casado Vázquez