Hermandad de San Esteban 

Diputación Mayor de Gobierno

Serán funciones del área de la Diputación Mayor de Gobierno:

  • Asumir la total responsabilidad de la marcha, horario, compostura y recogimiento de los hermanos en la Estación de Penitencia del Martes Santo, así como de cualquier otro acto de culto externo que organice la Hermandad o al que corporativamente asista.
  • Recibir del Hermano Mayor la autoridad para poder exigir el cumplimiento de las Reglas a cualquier hermano, sea cual fuese su cargo o puesto en la cofradía, y tomar las decisiones, previa consulta con el Hermano Mayor, que fuesen necesarias cuando hubiese que alterar la marcha normal prevista.
  • Proponer el nombramiento de los diputados y auxiliares que cooperarán en la Estación de Penitencia. Podrá elegirlos libremente de entre todos los hermanos de la Hermandad. La lista de los seleccionados deberá ser autorizada por el Cabildo de Oficiales.
  • Asistir al Cabildo de Toma de Horas y a cuantas reuniones convoque el Consejo General de Hermandades y Cofradías a las que, por razón de cargo, deba acudir.
  • Ser responsable de los capataces y los costaleros, pudiendo delegar esta función en un auxiliar.
  • Cualquier otra función relacionada con la actividad propia de su cargo y derivada de estas Reglas y las que reglamentariamente se determinen.

¿Qué dicen nuestras Reglas sobre el Cuerpo de Diputados?

Regla 90.ª Diputado Mayor de Gobierno

Serán funciones del Diputado Mayor de Gobierno ( entre otras )

  1. c) Proponer el nombramiento de los diputados y auxiliares que cooperarán en la Estación de Penitencia. Podrá elegirlos libremente de entre todos los hermanos de la Hermandad. La lista de los seleccionados deberá ser autorizada por el Cabildo de Oficiales.

¿Qué dicen nuestras Ordenanzas?

Ordenanza 18: El Cuerpo de Diputados

En aplicación de la Regla 90.c el Cuerpo de Diputados estará compuesto por aquellos hermanos que determine el DMG . Podrá designarlos libremente y decidirá qué puesto ocuparán en la Cofradía, atendiendo exclusivamente a la cualificación e idoneidad de la persona designada. La designación de los hermanos que formen parte de este cuerpo se efectuará para cada Estación de Penitencia , pudiendo ser reelegidos en años sucesivos.

Ordenanza 19: Organización del Cuerpo de Diputados

Al comienzo de cada curso, el DMG convocará a aquellos hermanos que considere oportuno para mantener una primera reunión general. En ella se fijará el calendario de reuniones, así como los objetivos que se marcarán con el fin de realizar con ejemplaridad la Estación de Penitencia.

La Hermandad aprovecha esta web para invitar a todos los hermanos que lo deseen en colaborar con el área de la Diputación Mayor de Gobierno o pertenecer al Cuerpo de Diputados.

Para ponerse en contacto con la Diputación Mayor de Gobierno pueden hacerlo a través del Correo electrónico del diputado mayor de gobierno : diputadomayor@hermandadsanesteban.org

DECALOGO DEL DIPUTADO DE GOBIERNO

  • Debe ser un miembro activo de la Hermandad, participando cuanto le sea posible, en los actos, cultos y actividades organizadas por ésta.
  • Debe ser leal a la Hermandad y comprometerse con los fines y proyectos que en cada caso ésta desarrolle.
  • Debe distinguirse por su ejemplaridad, colaboración, respeto y fidelidad a las Reglas.
  • Participará activamente en todas las actividades del equipo de gobierno de la Cofradía durante todo el año y cumplirá fielmente las directrices del grupo del que forma parte.
  • Es un servidor de la Cofradía durante la Estación de Penitencia, estando al servicio de los Hermanos que participen en la misma, procurando que la realicen sin dificultades y con el mayor recogimiento posible, dirigiéndose siempre a ellos con un trato respetuoso y afectivo.
  • Velará en todo momento por el cumplimiento de las reglas de la Hermandad por parte de nuestros Hermanos en el desarrollo de la Estación de Penitencia, informando si ello fuera necesario al DMG de las posibles incidencias que pudieran ocurrir en la misma.
  • Colaborarán con el Diputado Mayor de Gobierno en la preparación de la Estación de penitencia, acudiendo a las reuniones para las que sean convocados y aceptando el lugar o tarea que éste les asigne.
  • En el discurrir de la cofradía los diputados serán responsables del buen orden y compostura de los nazarenos de su tramo y de la insignia que lo cierra.
  • Velarán por la uniformidad de los nazarenos de su tramo evitando que se lleven pulseras, relojes y otros signos distintivos, siendo ellos los primeros en dar ejemplo
  • Una vez finalizada la Estación de Penitencia, cuidará que en el regreso a casa de los Hermanos no se produzcan escenas contrarias al decoro y compostura al que estamos obligados, haciéndolo siempre desde el respeto y la discreción.

Todo el Decálogo anterior, podría resumirse en un Ideario de este Cuerpo de Diputados, que no es otro que el propio Lema de nuestra Hermandad que llevamos en nuestra capa:

ULTRA QUID FACIAM TIBI POST HAEC, FILI MI ¿Qué más puedo hacer por tí, hijo mio?

El lema de la hermandad, debe resumir el Ideario del espíritu con el que este Cuerpo, al servicio de la Hermandad, debe realizar sus funciones.

En base al mismo esta Diputación Mayor de Gobierno se pone al servicio de todos nuestros Hermanos para lo que puedan necesitar de nosotros

Diputado Mayor de Gobierno:  NHD. José Luis Rodríguez Barberán

En virtud de la potestad que otorga la Regla 107 a la Junta de Gobierno, el Cabildo de Oficiales ha nombrado a los siguientes hermanos como auxiliares para colaborar en esta área:

  • NHD. Jose María Cuendes Pozas
  • NHD. Jose Javier Toucedo Carmona
  • NHD. Enrique Fernández Beltrán
  • NHD. Pedro Juan Navarro Marín

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